sábado, 1 de abril de 2023

CARÁTULA

  
 
  

Universidad de San Carlos de Guatemala -USAC-

Escuela de Formación de Profesores de Enseñanza Media –EFPEM-

Programa Académico de Desarrollo Profesional Docente PADEP/D

Carrera Profesorado de Educación Primaria Intercultural



Curso: Administración y Legislación Educativa

Nombre del Facilitador: M.A. Adym Anibal Samayoa Palacios

Sede: San Ildefonso Ixtahuacán

Departamento: Huehuetenango   




Grupo No. 4


Nombre de los integrantes:

Francisca Domingo Morales

Merlvin Juan Rony Mauricio Granados

Francisca Morales García

María Natalia Ordóñez Sales

William Fernando Pablo Domingo

   Yanet Consuelo Ruíz de León

Wilio Robelsio Sales Pérez



San Ildefonso Ixtahuacán, marzo de 2023


      






 

 

PRESENTACIÓN

 

Legislación Educativa, registros y controles Administrativos

 

      El presente blog se creó con el objetivo de adjuntar documentos de la legislación educativa, registros y controles administrativos para que los colaboradores del blog tengan acceso a los diferentes archivos que contenga dicho blog, ya que son investigaciones de diferentes equipos de trabajo del curso de administración y legislación educativa.

 

   La legislación educativa constituye una herramienta básica que permite relacionar las distintas leyes que regulan las relaciones del Estado con la educación organizada del país. Abarca conocimientos teóricos y prácticos en el campo legal, específicamente en la interpretación y aplicación de las leyes, decretos, acuerdos, normas, reglamentos y disposiciones vigentes en el sistema educativo guatemalteco.

 

     Los registros y controles educativos son procesos que se implementan en la administración educativa propiamente, que tienen por objetivo registrar los eventos que se realizan, sean estos administrativos, docentes de planeación curricular dentro de un período específico para realizar operaciones del avance, cumplimiento de metas, logro de competencias, a través de controles establecidos propiamente para centro educativo.

    

     

    

POLITICAS DE CALIDAD EDUCATIVA.

 

POLÍTICAS DE CALIDAD EDUCATIVA

 Una política de calidad educativa ha de ser un compromiso de las administraciones para impulsar las actuaciones que fomenten la mejora continua en los servicios educativos. La política de calidad necesita una filosofía, unas actuaciones prioritarias y unos instrumentos institucionales. Filosofía de calidad: la calidad de la educación ha de incluir tanto la aplicación de las posibilidades pedagógicas como el trato dispensado al usuario y a los clientes. Líneas estratégicas: la calidad de la educación ha de tener objetivos y elaborar instrumentos de medida. Cada escuela ha de poder comparar su nivel de calidad con los estándares. La comparación mostrará el camino de la mejora.

 a) Elaboración de estándares de organización de servicios educativos: la calidad de la educación ha de apoyarse en estándares útiles para todos los centros. Se han de elaborar de nuevo o bien adoptar aquellos ya existentes que hayan mostrado su utilidad.

 b) Elaboración de indicadores: la calidad de la educación ha poderse medir, disponer de indicadores que permitan monitorizarla. Si, además, estos indicadores están homologados, podrán realizarse estudios comparativos y un seguimiento a lo largo del tiempo.

c) Buenas prácticas: la calidad de la educación pasa por difundir y adaptar las actividades y programas excelentes realizados por otras escuelas (benchmarking). d) Acreditación: la calidad de la educación requiere la evaluación periódica externa. Las evaluaciones externas de los centros educativos permiten tener un referente objetivo sobre su calidad. La acreditación se ha de basar en los estándares y la evaluación se ha de llevar a cabo por las administraciones responsables, las entidades públicas o las instituciones privadas homologadas.

 


POLITICAS EDUCATIVAS

 

POLITICAS EDUCATIVAS

COBERTURA 

Garantizar el acceso, permanencia y egreso efectivo de la niñez y la juventud sin discriminación, a todos los niveles educativos y subsistemas escolar y extraescolar.

 

 Política 2. CALIDAD

 Mejoramiento de la calidad del proceso educativo para asegurar que todas las personas sean sujetos de una educación pertinente y relevante.

 

 Política 3. MODELO DE GESTIÓN 

Fortalecimiento sistemático de los mecanismos de efectividad y transparencia en el sistema educativo nacional.

 

Política 4. RECURSO HUMANO

 Fortalecimiento de la formación, evaluación y gestión del recurso humano del Sistema Educativo Nacional.

 

Política 6. AUMENTO DE LA INVERSION EDUCATIVA

 Incremento de la asignación presupuestaria a la Educación hasta alcanzar lo que establece el Artículo 102 de la Ley de Educación Nacional, (7% del producto interno bruto)

 

 Política 7. EQUIDAD 

Garantizar la educación con calidad que demandan las personas que conforman los cuatro pueblos, especialmente los grupos más vulnerables, reconociendo su contexto y el mundo actual. 

 

 Política 8. FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y DESCENTRALIZACION

 Fortalecer la institucionalidad del sistema educativo nacional y la participación desde el ámbito local para garantizar la calidad, cobertura y pertinencia social, cultural y lingüística en todos los niveles con equidad, transparencia y visión de largo plazo.













ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

 LA ADMINISTRACION EDUCATIVA

    La educación y su comunidad o actores alumnos, docentes, institución, necesitan de un proceso que los ayude a alcanzar sus objetivos.  En este punto, la Administración general cuenta con una rama denominada Administración educativa, la cual imprime orden a las actividades que se realizan en las organizaciones educativas para el logro de sus objetivos y metas. Puede afirmarse que esta disciplina es un instrumento que ayuda al administrador a estudiar la organización y estructura institucional educativa, y le permite orientar sus respectivas funciones.

     La administración escolar está dirigida a la ordenación de esfuerzos; a la determinación de objetivos académicos y de políticas externa e interna; a la creación y aplicación de una adecuada normatividad para alumnos, personal docente, administrativo, técnico y manual, con la finalidad de establecer en la institución educativa las so de enseñanza-aprendizaje y un gobierno escolar eficiente y exitoso.

    Ciertos autores definen la Administración educativa como la “ciencia que planifica, organiza, dirige, ejecuta, controla y  evalúa las actividades que se desarrollan en las organizaciones educativas, dirigidas a desarrollar las capacidades y el desarrollo de los  discentes”; esta disciplina trata de organizar el  trabajo del  personal  escolar (docentes, administrativos, etc.,), y el manejo de recursos físicos, financieros, tecno lógicos y pedagógicos, ente otros, para cumplir con el currículo definido por la sociedad educativa.

    Como ciencia, proporciona los principios y las técnicas para prever, planear, organizar, dirigir, integrar y evaluar todos los componentes del sistema educativo en ámbitos restringidos, como las escuelas y las respectivas comunidades, o en ámbitos más amplios, como los de supervisión y alta dirección del sistema, de tal modo que cada uno pueda contribuir de modo eficaz al logro de los objetivos educacionales.

    Otros autores conceptualizan la Administración educativa como “la aplicación racional y sistemática de los principios y las teorías de la administración general al manejo de organizaciones educativas”; pues esta disciplina busca resolver en una organización educacional la asignación y coordinación de los distintos recursos con los que ella cuenta, sean estos materiales, financieros, tecnológicos, académicos, con el fin de lograr los objetivos y metas trazados por la institución.

     De manera específica, la administración escolar está referida a la dirección de la institución misma; al uso y  ejercicio estratégico de los recursos humanos, intelectuales, tecnológicos y  presupuestales; a  la proyección de  necesidades humanas futuras; a la previsión estratégica de capacitación del recurso humano y  la formación docente; a la vinculación con el entorno; la generación de identidad del personal con la organización; la generación de una visión colectiva de crecimiento organizacional en lo colectivo, individual, profesional y el principio de colaboración como premisa de desarrollo.

    Desde el punto de vista funcional, la administración educativa tiene a su cargo la implementación de las políticas educativas; y desde la óptica institucional, la administración educativa es el conjunto de las estructuras organizacionales que deben asegurar la prestación de los servicios educativos a la población.

    La administración educativa implica el logro de objetivos por parte de personas que aportan sus mayores esfuerzos, y de acuerdo con acciones que de antemano se pre establecen, situación que puede presentarse tanto en el sector educativo privado como en el gubernamental. Aquella se puede conceptualizar como la aplicación racional y sistemática de los principios y teorías de la administración al manejo de organismos educativos; o bien como la forma razonable y segura de conducir la escuela hacia el logro pleno de los objetivos de la educación.

     Es objetivo primordial de toda Administración educativa eficiente el de facilitar el proceso de  enseñanza -aprendizaje, mediante la  maximización de  los  recursos de la institución; y para lograrlo se requiere de la realización de actividades que los especialistas y estudiosos han resumido en cinco tareas: establecer relaciones entre la escuela y la comunidad; desarrollar  planes y  programas de estudios; agrupar los alumnos; gestionar y administrar los recursos materiales, humanos y  financieros; y establecer la organización y estructura institucional.

    De hecho, la misma organización educativa constituye el objeto de estudio de la Administración educativa, y la teoría de esta resulta de las interrelaciones entre las Ciencias de la educación, la teoría administrativa general y otras disciplinas como la Economía, Ciencias Políticas, Sociología.


viernes, 31 de marzo de 2023

REGISTROS Y CONTROLES ADMINISTRATIVOS

DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ARCHIVO ESCOLAR-GRUPO 4


1. LIBRO DE VISITAS 

Hasta julio de 2015, los autónomos y pymes estábamos obligados a disponer de un libro de visitas en nuestro centro de trabajo, tuviéramos o no trabajadores a nuestro cargo.

Era necesario tener uno por cada centro de trabajo e incluso uno para el domicilio del autónomo si trabajaba desde casa.

Dichos libros debían estar convenientemente registrados ante la inspección de trabajo y debían ser conservados durante toda la vida del negocio.

La aprobación de la Ley 23/2015, de 21 de julio, relativa a la nueva Ley Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, supuso la esperada desaparición de los libros de visita físicos con objeto de reducir la carga administrativa que supone comenzar un negocio.




2. LIBRO DE CAJA 

El libro de caja: control de entradas y salidas de efectivo.

Registrar las entradas y salidas en la contabilidad de una empresa no solo es conveniente para estimar su salud financiera, sino también porque se integran en el balance de cierre del año económico, que es la información que toma como referencia Hacienda para calcular la base impositiva para el pago de impuestos. Pero ¿cómo se registra el efectivo? En este caso es el libro de caja el instrumento necesario para documentar el movimiento de efectivo.




3. PROVIDENCIA 

En ella se resuelve de una vez el asunto que se solicita con anterioridad.

Providencia Administrativa: Es la razón consecutiva al recibo de un documento, en el cual, el funcionario indica el trámite que debe seguir, solicita Informes o deja constancia del cumplimiento de una disposición legal.

La providencia se escribe con los siguientes objetivos:

Solicitar antecedentes. Ratificar asuntos. Escuchar a otra persona. Solicitar pruebas Enviar a archivo.

Los elementos que conforman la providencia son: Nombre de la oficina administrativa. Fecha (escrita en letras). Asuntos objetivos. Número de la providencia. Objetivo de la misma. Firma del funcionario que le envía. Se utiliza cuando es necesario trasladar a otra instancia, una petición recibida. Es necesario, que en la providencia, se mencione de cuantas hojas útiles consta el expediente, la cantidad se escribe con letras y la frase completa se anota con mayúsculas.



4. REGLAMENTO

Un reglamento es un documento que especifica una norma jurídica para regular todas las actividades de los miembros de una comunidad o sitio en general. Establecen bases para prevenir los conflictos que se puedan producir entre los individuos.

La aprobación corresponde tradicionalmente al poder ejecutivo, aunque los ordenamientos jurídicos actuales reconocen potestad reglamentaria a otros órganos del Estado.
Por lo tanto, según la mayoría de la doctrina jurídica, se trata de una de las fuentes del derecho, formando pues parte del ordenamiento jurídico. La titularidad de la potestad reglamentaria viene recogida en la Constitución. También se le conoce como reglamento a la colección ordenada de reglas o preceptos.

Los reglamentos son la consecuencia de las competencias propias que el ordenamiento jurídico concede a la Administración, mientras que las disposiciones del poder ejecutivo con fuerza de ley (decreto ley) tiene un carácter excepcional y suponen una verdadera sustitución del poder legislativo ordinario.



5. RESOLUCIÓN

Las resoluciones son decisiones no normativas por parte de una autoridad ya sea política, administrativa o judicial que solventa un conflicto o da pautas a seguir en una materia determinada.

Esta conclusión o solución a un conflicto o controversia se utiliza en diversos ámbitos oficiales. Así, puede tratarse de una resolución administrativa dada por ejemplo por un director de un centro educativo, puede ser una resolución política (que a su vez es administrativa) dada por un ministro para pautar una acción en su ministerio.

También puede tratarse de una resolución emanada por la autoridad judicial, como una sentencia que pone fin al conflicto de dos o varias partes que han llevado su problema juicio.



6. MEMORANDO

Documento que se utiliza para hacer un recordatorio individual o colectivo de temas o asuntos con la finalidad de no olvidarlos u omitirlos o proponer de nuevo alguna cosa.

Instrumento donde se anotan las acciones que deben llevarse a cabo en terminada ocasión o día. Donde se recapitulan hechos y razones para que se tengan presentes en un asunto importante o grave.



7. MINUTA

Extracto o borrador que se hace de una escritura, contrato, documento u otra situación, anotando las clausulas o partes esenciales, para copiarlo después y extenderlo con todas las formalidades necesarias para su percepción.

Borrador de un oficio, documento, exposición, orden, etc., para copiarlo en limpio. Borrador original que en una oficina queda de cada orden o comunicación expedida por ella.



8. SOLVENCIA

La solvencia es una herramienta básica para que un posible acreedor pueda tomar decisiones sobre la conveniencia de conceder financiación al que lo solicita, pero además es útil para conocer la situación actual de un deudor que actualmente ya está haciendo frente a sus obligaciones.

Mientras que la liquidez suele expresar la capacidad de las empresas para hacer frente a las obligaciones financieras a corto plazo, la solvencia financiera mide su habilidad para satisfacer sus obligaciones a un plazo más largo.



9. LIBRO DE INVENTARIOS

Un inventario es un documento donde se registran todos los bienes tangibles y en existencia de una empresa, que pueden utilizarse para su alquiler, uso, transformación, consumo o venta. Debe ser una relación detallada en la que se incluyan, además de los tangibles, los derechos y deudas de una empresa.



GRUPO NO. 1

file:///C:/Users/usuario/Downloads/Documentos%20administrativos%20Grupo%20%23%201..pdf


GRUPO NO. 2

file:///C:/Users/usuario/Downloads/Documentos%20Administrativo%20grupo%20%232.pdf


GRUPO NO. 3

file:///C:/Users/usuario/Downloads/DOCUMENTOS%20ADMINISTRATIVOS.Grupo%203.pdf










 










DECÁLOGO DEL ADMINISTRADOR EDUCATIVO

Grupo No. 1



Grupo No. 2


Grupo No. 3


Grupo No. 4











LEGISLACIÓN EDUCATIVA DE GUATEMALA (DOCUMENTOS)

 LEGISLACIÓN EDUCATIVA DE GUATEMALA

(DOCUMENTOS)



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

Constitucion Política de la República de Guatemala .pdf





LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL

https://www.mineduc.gob.gt/estadistica/2012/data/Conozcanos/Ley_Educacion_Nacional.pdf



 

LEY DE SERVICIO CIVIL

https://mcd.gob.gt/wp-content/uploads/2013/07/Ley_de_servicio_civil.pdf


 

 

CÓDIGO DE TRABAJO

https://www.ilo.org/dyn/natlex/docs/WEBTEXT/29402/73185/S95GTM01.htm

 



 

LEY DE DIGNIFICACIÓN Y CATALOGACIÓN DEL MAGISTERIO

file:///C:/Users/HP/Downloads/LEY%20DE%20DIGNIFICACION%20Y%20CATALOGACIÓN%20DEL%20MAGISTERIO%20



 

LEY DEL SISTEMA DE ALERTA ALBA KENETH

ley-del-sistema-de-alerta-alba-keneth-decreto-numero-28-2010.pdf




PACTO COLECTIVO CONDICIONES DE TRABAJO EN MINEDUC Y STEG

Pacto-Colectivo-Condiciones-de-Trabajo-en-MINEDUC-y-STEG.pdf



 

DECRETO No. 1441 CÓDIGO DE TRABAJO DE GUATEMALA

Decreto No 1441 Código de Trabajo de Guatemala.pdf

 




DECRETO LEGISLATIVO 12-91 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL

Decreto Legislativo 12-91 Ley de Educación Nacional.pdf

 



DECRETO No. 27  Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (PINA)

file:///C:/Users/HP/Downloads/Decreto%2027-2003%20Ley%20de%20Protección%20Integral%20de%20la%20Niñez%



 

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO

Convención de los Derechos del niño.pdf

 


ACUERDOS DE PAZ EN GUATEMALA

Acuerdos-de-Paz-en-Guatemala.pdf



ACUERDO MINISTERIAL No. 146-2023

ACUERDO MINISTERIAL No. 146-2023 pdf

 


ACUERDO MINISTERIAL No. 1500-2019

file:///C:/Users/HP/Downloads/Acuerdo%20Ministerila%201500-2019%20Normativa%20disciplinaria%20personal%20d




ENSEÑANZA DE LA LENGUA MATERNA

Dialnet-PiagetVigotskiYEnsenanzaDeLaLenguaMaterna-5386297.pdf



REGLAMENTO PARA EL DISFRUTE Y COBRO DE VACACIONES

https://www.yumpu.com/es/document/view/24976149/reglamento-para-el-disfrute-y-cobro-de-vacaciones-del-onsec


DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BILINGÜE INTERCULTURAL

https://digebi.mineduc.gob.gt/digebi/



183-97, REGLAMENTO DE PERMUTAS ENTRE SERVIDORES DEL MINISTERIO DE EDUCACIN.

https://docplayer.es/85046512-Base-legal-acuerdo-gubernativo-de-fecha-12-de-febrero-de-1997-reglamento-de-permutas-entre-servidores-del-ministerio-de-educacion.htm



Decreto 19-2013 LEY DE IDIOMAS NACIONALES Y SU REGLAMENTO

https://www.almg.org.gt/wp-content/uploads/2020/05/Decreto-19-2003-Ley-de-Idiomas-Nacionales-y-su-Reglamento-1.pdf




REGLAMENTO DE LAS ORGANIZACIONES DE PADRES DE FAMILIA OPF

https://www.mineduc.gob.gt/portal/contenido/menu_lateral/programas/seminario/documents/2020/ACUERDO-GUBERNATIVO-233-2017.pdf



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